De conformidad con el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, la Micro y Pequeña Empresa (MYPE) es definida como toda unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, que tiene por objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. 

En el mismo sentido, las juntas o asociaciones o agrupaciones de propietarios o inquilinos en régimen de propiedad horizontal o condominio habitacional, así como las asociaciones o agrupaciones de vecinos, podrán acogerse al régimen laboral de la microempresa respecto de los trabajadores que les prestan servicios en común de vigilancia, limpieza, reparación, mantenimiento y similares, siempre y cuando no excedan de diez (10) trabajadores.


REGISTRO DE MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA - REMYPE

A efectos de acogerse al Régimen Laboral Especial de la Micro y Pequeña Empresa, así como a los demás beneficios (tributarios, financieros, etc.) establecidos a través del Decreto Supremos N° 013-2013 - PRODUCE, es preciso inscribirse en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), el cual se encuentra disponible a través de la página web del Ministerio de Trabajo.

Este registro tiene como finalidad:

☑ Acreditar que una unidad económica califica como micro o pequeña empresa.

☑ Autorizar el acogimiento de la micro y pequeña empresa a los beneficios.

☑ Registrar a las micro y pequeñas empresas y dar publicidad de su condición como tales.

Para acceder a los beneficios del régimen deberá tener el Certificado de Inscripción o de Reinscripción vigente en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa.


Requisitos para registrarse

A efectos de poder efectuar el registro, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

✅ Registro Único de Contribuyente (RUC) y Clave SOL.

✅ Contar con al menos un (1) trabajador en planilla.

✅ Registra tu empresa.

Ten en cuenta que solo podrás imprimir el registro si utilizas el navegador Explorer, ya que la plataforma de REMYPE está alojada en el servidor de Microsoft.

Sin perjuicio de ello, se debe tener en cuenta que la MYPE que solicita su inscripción y recién inicia su actividad económica o no cuenta con trabajadores contratados podrá registrarse transitoriamente en el REMYPE, contando con un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de registro, para contratar y registrar a sus trabajadores en el REMYPE bajo el régimen laboral especial establecido en la Ley o el régimen laboral general o el que corresponda, a efectos de contar con el registro definitivo. Vencido dicho plazo sin presentar la información no procederá el registro definitivo.



BENEFICIOS SOCIALES DEL RÉGIMEN LABORAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA

Pensando en los ingresos iniciales de las Micro y Pequeña Empresa, el Estado creó el régimen laboral de la microempresa y/o pequeña empresa, con lo cual favorece a incrementar la formalidad, aligerando los costos laborales tomando en cuenta las ventas anuales obtenidas para las empresas.

Para poder acceder a estos beneficios, la empresa deberá estar inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa - REMYPE.


MICROEMPRESA

Es aquella que tiene ventas anuales no mayores a 150 UIT.

Beneficios sociales para los trabajadores:

✅ Descanso obligatorio durante 24 horas continuas.

✅ Vacaciones remuneradas de 15 días calendario.

✅ Gozar de los feriados establecidos en el régimen laboral común de la actividad privada: Año nuevo (01 de Enero), Jueves y Viernes Santo (movibles), Día del Trabajador (01 de Mayo), San Pedro y San Pablo (29 de Junio), Fiestas Patrias (28 y 29 de Julio), Santa Rosa de Lima (30 de Agosto), Combate de Angamos (08 de Octubre), Todos los Santos (01 de Noviembre), Inmaculada Concepción (08 de Diciembre), Navidad del Señor (25 de Diciembre).

✅ Ser asegurados al Sistema Integral de Salud - SIS, a cargo del Ministerio de Salud, siendo el mismo un sistema contributivo, lo cual implica que el Estado asume el 50% del pago respectivo y el empleador el otro 50%. El Empleador actualmente solo pagará S/ 15.00 Nuevos Soles para la atención gratuita en salud de su trabajador y sus derechohabientes (hijos(as) y/o cónyuge).

✅ Pueden afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o del Sistema Privado de Pensiones (AFP) o por el Sistema de Pensiones Sociales.

✅ En caso de despido arbitrario, tienen derecho a una indemnización equivalente a 10 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios, con un tope de 90 remuneraciones diarias. Las fracciones de año se abonan por dozavos.


PEQUEÑA EMPRESA

Es aquella que tiene ventas anuales no mayores a 1700 UIT.

Beneficios sociales para los trabajadores:

✅ Descanso obligatorio durante 24 horas continuas.

✅ Vacaciones remuneradas de 15 días calendario.

✅ Gozar de los feriados establecidos en el régimen laboral común de la actividad privada: Año nuevo (01 de Enero), Jueves y Viernes Santo (movibles), Día del Trabajador (01 de Mayo), San Pedro y San Pablo (29 de Junio), Fiestas Patrias (28 y 29 de Julio), Santa Rosa de Lima (30 de Agosto), Combate de Angamos (08 de Octubre), Todos los Santos (01 de Noviembre), Inmaculada Concepción (08 de Diciembre), Navidad del Señor (25 de Diciembre).

✅ Tratándose de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), percibirán 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. Siendo el tope máximo 90 remuneraciones diarias.

✅ Percibe gratificaciones en julio y diciembre por el monto de media remuneración.

✅ Participación de Utilidades.

✅ En caso de realizar actividades peligrosas, tienen derecho al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

✅ Seguro de Vida Ley.

✅ Estar registrados en el régimen contributivo de ESSALUD, en el cual el empleador deberá aportar a dicha entidad el 9% de lo que perciba el trabajador.

✅ Debe estar afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o al Sistema Privado de Pensiones (AFP).

✅ En caso de despido arbitrario, tienen derecho a una indemnización equivalente a 20 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios, con un tope de 120 remuneraciones diarias. Las fracciones de año se abonan por dozavos.


CONSULTA DEL REGISTRO NACIONAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA (REMYPE)

Aquí podrás consultar si una empresa se encuentra acreditada como MYPE en el MTPE, también obtienes los siguientes resultados:

☑ Fecha de Inscripción: El día en que la empresa solicito la inscripción al registro.

☑ Estado: Activo, anulado.


Para consultar debes seguir los siguientes pasos:

✅ Accede a la página web de REMYPE.

✅ Escribe el número de RUC.

✅ Presiona el botón Buscar y listo.


Fuente: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE.

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Jorge Andrés Amaya

Licenciado en Economía y Magíster en Administración. Apasionado de las herramientas digitales y los prompts IA.