El Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) fue implementado en 2004 por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) del Perú. Inicialmente, la tasa impositiva era del 0.10% sobre el monto total de la operación. Sin embargo, para fomentar la bancarización y la formalización de la economía, esta tasa se redujo al 0.005% en 2011. 


Propósito del ITF

El ITF, conocido por sus siglas, es un impuesto que busca facilitar la bancarización de las operaciones económicas y comerciales realizadas por personas y empresas a través del sistema financiero y los diversos medios de pago. El objetivo principal del ITF es formalizar y canalizar todas las operaciones de dinero mediante métodos legales, permitiendo una mayor fiscalización contra el lavado de dinero y la evasión tributaria.


Naturaleza del ITF

El ITF es un impuesto dirigido a todas las transacciones financieras realizadas por individuos y empresas a través del sistema bancario. La bancarización de estas operaciones permite al Estado identificar el origen y destino del dinero, facilitando la supervisión y reduciendo la evasión tributaria, el lavado de activos y otros delitos financieros.


Método de Pago del ITF

El ITF se aplica automáticamente cuando se realizan transferencias de dinero o se reciben fondos a través del sistema financiero. Los medios por los cuales se efectúa el pago del ITF incluyen:

  • Depósitos en cuenta
  • Giros
  • Transferencias de fondos
  • Órdenes de pago
  • Tarjetas de débito y crédito
  • Cheques no negociables, intransferibles, y otros equivalentes


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Tasa del ITF

La tasa actual del ITF es del 0.005% sobre el valor de cada operación. Esto implica que por cada mil soles transaccionados, se genera un impuesto de 5 centavos, aplicable tanto en moneda nacional como extranjera.


Aplicación del ITF

El ITF se cobra en diversas situaciones, como al realizar pagos a empresas del sistema financiero, al adquirir cheques de gerencia, certificados bancarios o cheques de viajero, y al realizar giros o transferencias de dinero a personas naturales o jurídicas.


Exenciones del ITF

No se aplica el ITF en casos como abonos o débitos entre cuentas bancarias del mismo titular dentro del mismo banco, transacciones menores a mil soles, pagos de remuneraciones, pensiones, Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), y acreditación de cuentas de fondos mutuos.


Ejemplo Práctico del ITF

Si se realiza una transferencia bancaria desde una cuenta de ahorros del Banco de Crédito del Perú (BCP) a una cuenta de un tercero en Interbank por un monto superior a S/1,000, se cobrará el ITF correspondiente. Las plataformas bancarias detallan este cobro en los comprobantes de la transacción.


Crédito del ITF para el Impuesto a la Renta

El ITF pagado durante el año puede deducirse de la renta neta del trabajo percibido por una persona, aplicable a las rentas netas de cuarta y quinta categorías. La información sobre el ITF pagado se incluye en el Formulario Virtual de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta para Personas Naturales, y se puede obtener a través de la constancia emitida por el agente de retención o percepción del impuesto.


Responsables del ITF

Las empresas del sistema financiero y las que realizan transferencias de fondos son responsables de declarar y pagar el ITF ante la SUNAT, actuando como agentes de retención o percepción.


Operaciones Afectadas y No Afectadas por el ITF

Afectadas:

  • Abonos o débitos en cuentas bancarias, excepto movimientos entre cuentas del mismo titular
  • Pagos a empresas del sistema financiero
  • Adquisición de cheques de gerencia, certificados bancarios y cheques de viajero
  • Giros o envíos de dinero a través de empresas del sistema financiero

No Afectadas:

  • Abonos a cuentas abiertas por empleadores a nombre de trabajadores o pensionistas para pagar remuneraciones o pensiones
  • Abonos a cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
  • Acreditación o débito en cuentas de fondos mutuos, fondos de inversión mantenidos en empresas del sistema financiero por aportes de sus asociados.

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Jorge Andrés Amaya

Licenciado en Economía y Magíster en Administración. Apasionado de las herramientas digitales y los prompts IA.