Si durante el año pasado generaste ingresos por Rentas de Trabajo y obtuviste un saldo a favor, sigue los pasos para presentar tu Solicitud de Devolución al momento de presentar tu declaración de impuestos de Renta Anual o presentando el Formulario Virtual: 


1. A través de SUNAT Operaciones en Línea (Internet)

Puedes pedir la devolución presentando el Formulario Virtual N° 1649 mediante SUNAT Operaciones en Línea (SOL). Este formulario permite solicitar la devolución del pago en exceso del Impuesto a la Renta después de presentar la declaración anual del impuesto. Para esto, debes estar inscrito en el RUC y contar con la Clave SOL, ambos trámites son gratuitos.

Pasos a seguir al momento de presentar tu declaración anual:

  • Presenta la declaración anual del Impuesto a la Renta por Internet.
  • Inmediatamente después, accede al enlace que aparece en la Constancia de Presentación y Pago.
  • Elige la opción de Solicitud de Devolución que corresponda: Rentas del Trabajo y/o Fuente Extranjera, Rentas del Capital Primera Categoría, o Rentas del Capital Segunda Categoría.
  • Selecciona el método de devolución: depósito en cuenta, Orden de Pago Financiera (OPF), o cheque (para montos mayores a 10 UIT).

Una vez enviada la solicitud, el sistema generará una constancia de presentación que puedes imprimir o guardar. Posteriormente, recibirás una Resolución de devolución en tu buzón electrónico, autorizando el cobro.

Pasos a seguir presentando el Formulario Virtual N° 1649:

Ingresa a Sunat Operaciones en Línea con tu RUC y clave SOL a la opción Mis trámites y consultas/Personas/Otras Declaraciones y Solicitudes/Mis Devoluciones/Devoluciones/Registro de Solicitud de Devolución 1649, y completa la información:

  • Tipo de solicitud de devolución.
  • Periodo tributario.
  • Código del tributo.
  • Monto a devolver.
  • Número de formulario y de orden asociado a la devolución.

Guarda la constancia de presentación. En un máximo de 45 días hábiles, recibirás la notificación del resultado en tu buzón electrónico SOL. Allí se te indicará el medio donde se efectuará la devolución, si será un depósito en la cuenta bancaria que registraste o mediante cheque u orden de pago para que cobres en el Banco de la Nación. La devolución mediante depósito se realiza en la fecha de notificación o al día siguiente, usualmente.


2. Presentando el Formulario físico N° 4949 en las oficinas de SUNAT

También puedes solicitar la devolución presentando el Formulario físico N° 4949 "Solicitud de Devolución" en las dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT. Este trámite es gratuito y requiere estar inscrito en el RUC.

Pasos a seguir:

  • Completa y firma el Formulario N° 4949. Debe ser firmado por el contribuyente o su representante legal.
  • Presenta un formulario por cada periodo y tributo, indicando el tipo de solicitud y acompañándolo de un escrito que justifique el pedido. Incluye:
    • El tributo y el periodo (mes y año, o año) por el que se pide la devolución.
    • El código y número de orden del formulario con el que se hizo el pago.
    • La fecha del pago.
    • El cálculo del pago en exceso o indebido.
    • Los motivos que originaron el pago indebido o en exceso.
  • Adjunta copias de los documentos que sustentan el pago indebido o en exceso.

El solicitante debe estar preparado para proporcionar a SUNAT toda la documentación y registros contables necesarios, ya sea de forma inmediata o cuando se requiera, en su domicilio fiscal o en el lugar designado por SUNAT.

En un máximo de 45 días hábiles, recibirás la notificación del resultado en tu buzón electrónico SOL. Allí se te indicará el medio donde se efectuará la devolución, si será un depósito en la cuenta bancaria cuyo código CCI registraste, o mediante cheque u orden de pago para que cobres en el Banco de la Nación. La devolución mediante depósito se realiza en la fecha de notificación o al día siguiente, usualmente.


Tipos de devolución

Por pago indebido: cuando pagas un impuesto sin tener la obligación de hacerlo.

Ejemplo: un diseñador que trabaja de manera independiente quiere pagar el impuesto a la renta de cuarta categoría (código 3041) y por error hace un pago de retenciones de quinta categoría (código 3052).

Por pago en exceso: cuando por error pagaste un monto mayor al que te corresponde por un tributo.

Ejemplo: si pagaste S/ 1,100.00 cuando tu impuesto era S/ 1,010.00, la diferencia de S/ 90.00 se considera como un pago en exceso.


Si deseas información sobre cómo realizar tu Declaración Jurada Anual, revisa el siguiente artículo: ¿Cómo ingresar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta?.

Para más información consulta: Declare y pague Renta.


Fuente: Sunat

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Jorge Andrés Amaya

Licenciado en Economía y Magíster en Administración. Apasionado de las herramientas digitales y los prompts IA.